miércoles, 20 de abril de 2016

ACOSO LABORAL



ACOSO LABORAL 





“toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia.

Según la Ley 1010 del 2006: “El acoso laboral puede acarrear multa entre dos y diez salarios mínimos legales mensuales para la persona que lo realice y al empleador que lo tolere”.





Gritos, insultos, persecución, discriminación, entorpecimiento de las actividades laborales, falta de equidad y de protección son las principales quejas de los trabajadores en Colombia, según un reporte del Ministerio de Trabajo.





PRESTACIONES SOCIALES



Las prestaciones sociales son los dineros adicionales al salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante un contrato de trabajo  por sus servicios prestados. Es el reconociendo a su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o unidad económica.


PRIMA DE SERVICIOS: se creo con la finalidad de repartir utilidades de la empresa a los trabajadores.se paga dos veces al año. 

se paga 15 días de salario por cada 180 días trabajados  o proporcional por fracción.



CESANTIAS: fe creada para proteger al trabajador cando no este laborando (compra y mejora de vivienda propia, estudios de educación superior propios, cónyuge e hijos. se paga 30 días de salario por cada 360 días trabajados o proporcional por fracción se liquida desde 1 enero al 31 de diciembre de cada año.se consigna en el fondo de cesantias que elija el trabajador hasta el 14 de febrero como fecha máximo. 



INTERESES A LAS CESANTIAS: se paga el 12% del valor de las cesantias por cada 360 días trabajados o proporcional por fracción.se paga máximo al 31 de enero del año siguiente a trabajador. 


MORA: pagar una suma igual, adicional sin importar el tiempo. 



VACACIONES: son el descanso remunerado que el empleador debe otorgar al trabajador, las cuales son equivalentes a 15 días de licencia paga por cada año laborado o el tiempo proporcional a la fracción trabajada; el 50% de las vacaciones puede ser compensado en dinero. 



INDEMNIZACIÓN


INDEFINIDO: hasta 10 salarios mínimos legales mensuales  vigentes  $ 6,894.550
se paga 30 días de salario mas auxilio de transporte.mas de 360 días de salario 20 días de salario o proporcionado.

FIJO: se le resta la fecha de terminación y la fecha de inicio por el valor del día según sea el salario .

OBRA Y LABOR: la indemnización no puede ser inferior a 15 días, ya que se debe avisar con 30 días de anterioridad que se termina el contrato. 


NOMINA


NOMINA 



                             

Es la suma de todos los registros financieros de los sueldos de los empleados, incluyendo los salarios, las bonificaciones y las deducciones. En la contabilidad, la nómina se refiere a la cantidad pagada a los empleados por los servicios que prestaron durante un cierto período de tiempo. Existen pasos fundamentales que son comunes en la mayoría de las organizaciones. Uno de esos pasos, que se ejecuta al final de cada período de pago, consiste en la preparación de la nómina, debe mostrar los nombres y remuneraciones de todos los trabajadores así como sus deducciones. La información que se incluye en ese registro de nómina consiste en el salario autorizado para cada trabajador y el número de horas trabajadas, tomadas de las tarjetas de tiempo o de documentos similares. Después de separar las horas ordinarias (estructurales) de las extraordinarias (no estructurales), y de aplicar las tarifas apropiadas para cada contrato laboral se tiene el total del salario devengado. La retención en la fuente, el aporte al seguro social y cualquier otra deducción autorizada por el trabajador se registran luego del valor devengado para obtener por diferencia entre el total devengado y los totales retenidos el v valor neto


                                 



https://www.youtube.com/watch?v=ELaeHb7FlLo